Ante los muchos casos de clientes
que nos visitan y que han sufrido
lesiones derivadas de un accidente de tráfico y que nos llegan cuando ya se han
curado o estabilizado de sus lesiones, sin haber sido correctamente atendidos,
o habiendo acudido a centros públicos de salud, con el consiguiente retraso en
el inicio de su tratamiento, perjuicio
en la correcta atención médica y probable detrimento en el derecho a exigir una
indemnización justa por altas médicas precipitadas, consideramos importante
divulgar en qué casos los lesionado tienen derecho a ser atendidos, desde el
primer día, en centros médicos privados, con cargo a su póliza del vehículo:
1.-
LESIONADOS DEL VEHÍCULO RESPONSABLE
DEL ACCIDENTE: En estos casos los ocupantes no conductores tiene
derecho a la asistencia médica privada en su condición de terceros no responsables
del siniestro, pudiendo reclamar una indemnización a la compañía responsable
(en este caso la del propio vehículo en que circulaba) por la lesiones
sufridas. Respecto al conductor responsable del siniestro, también tendrá derecho a tratarse las
lesiones en centros médicos de carácter privado de su elección y a cargo de su
compañía, en base a los convenios suscritos entre compañías, pero no podrá
reclamar indemnización alguna a la Compañía Responsable.
2.-
LESIONADOS DEL VEHÍCULO NO RESPONSABLE
DEL ACCIDENTE: Conductor y ocupantes tendrán derecho a la curación de
sus lesiones en centro médicos privados de su elección y a cargo de la compañía
del vehículo responsable y a solicitar indemnización a la compañía responsable.
3.-
VEHÍCULOS ROBADOS O SIN SEGURO:
En estos casos no se encuentran incluida la asistencia sanitaria en centros
privados, al conductor en ningún caso, ni a las víctimas que ocuparen el
vehículo voluntariamente siempre que se pruebe que conocía la circunstancia del
robo o el no aseguramiento.
4.-
LESIONADO NO USUARIOS DE LOS
VEHÍCULOS: Son los casos de atropellos, bicicletas, etc. Aquí impera el
criterio de la culpabilidad, de modo que si el lesionado no ocupante del
vehículo no ha sido culpable tendrá derecho a su asistencia médica privada en
base a la póliza del coche que sí intervino, negándosele en caso contrario.
Por lo tanto, en la mayoría de la
ocasiones, los lesionados pueden acudir a los centros médicos privados. Nuestro
consejo es que si usted ha resultado lesionado a resultas de un accidente de
tráfico acuda de inmediato al centro médico privado de su confianza o al que
más cómodo le resulte. Para ello solo tiene que comparecer en dicho centro
médico y preguntar por el departamento de accidentes de tráfico que todos ellos
tienen habilitado manifestando que ha sufrido dicho accidente y aportando,
además de sus datos, todos los que disponga del conductor y vehículo responsable.
Es importante recalcar que es
posible que le llamen de la compañía de seguros sugiriéndole un centro médico
donde dirigirse. Nuestro consejo es rechazar directamente acudir a dicho centro
y no hacer caso a cualquier manifestación de la compañía que pueda referirse a
la presunta obligación de acudir a ese centro aconsejado y no a otro.
Reiteramos que existe, por convenio entre las compañías, absoluta libertad para
acudir a cualquier centro, sin que dicha elección pueda suponer gasto alguno y
mucho menos perjuicio a la hora de obtener una indemnización justa y adecuada a
las circunstancias concurrentes.
Por último, quisiéramos resaltar
la importancia NEXO CAUSAL. Es muy importante que acuda cuanto antes a curarse
de sus lesiones, en primer lugar, porque cuanto antes lo haga mejor será
tratado de sus lesiones, sin que ello tenga que redundar en absoluto en altas
antes de tiempo, y en segundo lugar, porque las compañías suelen negarse a
asumir la responsabilidad del accidente
si el lesionado inicia su recuperación y tratamiento después de un tiempo no
razonable.